El autoconsumo está desbordando las expectativas; la potencia instalada se duplica en solo un año. En este sentido 2022 ha sido el mejor año de la historia para esta solución energética en España. Este boom de la fotovoltaica en el entorno doméstico se explica por la elevada volatilidad de los precios causada por la crisis energética, y por las facilidades y ayudas que los gobiernos centrales y autonómicos están dando para promover es este tipo de instalaciones de autoconsumo doméstico.
Pese a esta generalización del autoconsumo, aún existe un gran número de ciudadanos que tienen dudas sobre este modelo energético alternativo. Por ello en esta entrada de blog intentamos dar respuestas a las principales cuestiones que a menudo recibimos por parte de nuestros clientes:
¿Qué modalidades de autoconsumo existen?
Existen dos tipos: sin excedentes, cuando los dispositivos físicos instalados impiden la inyección de la energía excedentaria a la red de transporte o distribución; y con excedentes, sistemas que permiten, además de suministrar energía para autoconsumo, inyectarla en las redes de transporte y distribución.
¿Qué debo tener en cuenta para su instalación?
Es esencial contar con el espacio necesario para su instalación, en tejados, cubiertas o jardines, por ejemplo; y tener en cuenta la orientación, tanto si es solar como fotovoltaica, para sacar el máximo rendimiento a la instalación.
Si no cuento con el espacio necesario, ¿cómo puedo beneficiarme de estos sistemas?
La normativa permite que la instalación de autoconsumo no tenga que estar necesariamente en el edificio donde queremos autoconsumir, sino que puede ser una instalación cercana, que esté en la misma referencia catastral o conectada a la red de baja tensión del mismo centro de transformación o a una distancia de hasta 500 metros.
¿Cuánta potencia puedo obtener?
En la actualidad no existe ninguna limitación, más allá de las de la propia instalación y las derivadas de la normativa de calidad y seguridad industrial.
¿Se puede vender la energía excedentaria?
Sí, quien posea un sistema de suministro por autoconsumo con excedentes puede vender la energía siguiendo las mismas normas que se aplican a cualquier planta de producción de energía eléctrica. Otra opción es acogerse al llamado mecanismo de compensación simplificado.
¿Qué es el mecanismo de compensación simplificado?
Esta opción permite que los pequeños consumidores renovables de hasta 100 kW puedan compensar en su factura la energía consumida a través de la red con la energía excedentaria que en un momento determinado no consumen.
¿Qué pasos debo seguir?
Debe realizarse un estudio de viabilidad que analice las posibilidades del edificio; los trámites administrativos pertinentes, como puede ser la licencia de obras; la propia instalación, teniendo en cuenta la normativa energética y la seguridad de las instalaciones; y por último, el registro ante la comunidad autónoma y las notificaciones oportunas a la distribuidora de electricidad.
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