Aprobada la certificación de eficiencia energética de edificios, obligatoria el 1 de junio
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes, 5 de abril, el Real Decreto para trasponer a la normativa española el procedimiento básico para la certificación energética de edificios. Así, a partir del 1 de junio de este 2013 será obligatorio para todos aquellos que quieran vender o alquilar un edificio o una parte del mismo (siempre y cuando los alquileres tengan una duración superior a 4 meses).
El certificado evaluará la eficiencia energética del inmueble (edificio entero o parte del mismo), otorgándole una calificación que variará de la A a la G, siendo la A la calificación máxima y G la mínima. Este documento tendrá una validez de 10 años.
Además de la información objetiva sobre su calificación energética, el certificado deberá incluir recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética del inmueble en cuestión.
El objetivo de esta medida es ofrecer al posible inquilino o comprador una información detallada sobre su eficiencia para que sea conocedor de las futuras facturas energéticas y así establecer una comparación entre edificios. Asimismo, se prevé que esta medida conlleve una actuación de mejora energética en el 10% de los edificios y un ahorro del 20% tras la adopción de medidas.
También para los edificios públicos
El Real Decreto obliga también a disponer de certificado de eficiencia energética y a exhibir la etiqueta a los edificios o partes del mismo en los que la Administración pública ocupe una superficie superior a 500 metros cuadrados que sean frecuentados habitualmente por el público.
Así, por ejemplo, el complejo Cuzco que alberga a los Ministerios de Industria, Energía y Turismo, Economía y Competitividad y parte de Hacienda y Administraciones Públicas, ya ha sido calificado con una C.